lunes, 24 de mayo de 2021

RENTA BÁSICA

LA IMPERIOSA NECESIDAD DE UNA RENTA BÁSICA UNIVERSAL

 



POR FERNANDO ARELLANO ORTIZ /

 

Las devastadoras consecuencias que desde 2020 viene generando la pandemia del Covid-19, sobre todo entre los sectores más vulnerables de la población, amerita la adopción de medidas por parte de los Estados que permitan garantizar mínimamente los derechos fundamentales de los más carenciados, como por ejemplo, políticas públicas como la denominada Renta Básica Universal (RBU).

 

En el ámbito regional la Comisión Económica para América Latina (Cepal), un organismo de Naciones Unidas, viene promoviendo entre los gobiernos del hemisferio la posibilidad de implementar la RBU que es un ingreso mínimo digno que se les entrega mensualmente a los ciudadanos para que puedan cubrir mínimamente sus principales gastos de subsistencia.

 

La RBU es concordante con la Declaración Universal de los Derechos Humanos que en su artículo 25 prescribe: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica […]’’.

 

No se trata de un magro subsidio como el que el Estado colombiano reparte a través de programas como Familias en Acción, Jóvenes en Acción, Colombia Mayor y ahora con motivo de la pandemia, Seguro Solidario. La renta básica es compatible con otros ingresos, de manera que si alguien tiene un empleo de baja remuneración, recibirá un complemento hasta alcanzar los umbrales previstos para subsistir de manera digna y sin afugias económicas.



La filosofía de esta medida se sustenta en que los individuos no pueden ser libres si su existencia material no está garantizada y por la tanto la RBU es un ingreso no condicionado, pagado por el Estado a cada miembro de pleno derecho de la sociedad o residente sin que dicho pago vaya en detrimento de las conquistas del Estado de Bienestar (educación, sanidad, etc.). Para obtenerlo no se requiere demostrar un determinado estado de pobreza, estar buscando trabajo remunerado o haber perdido el empleo.

 

La idea de una RBU no es nueva, la propuso el economista belga Philippe van Parijs en un artículo publicado a principios de los 80 junto a su colega holandés Robert van der Veen y ahora Naciones Unidas considera que es financieramente posible y socialmente conveniente que los países otorguen un auxilio de esta naturaleza que permita no solo enfrentar la actual coyuntura pandémica sino mitigar los efectos de la pobreza en el mundo.

 

Este antecedente es importante cuando en América Latina se comienza a discutir el tema. En algunos países se contempla dar una RBU o como se ha implementado en España, un Ingreso mínimo vital durante el tiempo que dure la crisis sanitaria con el fin de mitigar las críticas condiciones de sobrevivencia de un amplio sector de la población.

 

Lo relevante es que el tema de la RBU se ha abierto horizonte en el debate público en un hemisferio como el latinoamericano en el que la causa de la pobreza es estructural, cuyos niveles de inequidad social y concentración del ingreso aparecen, vergonzosamente, entre los mayores del mundo.








 

 

 

 

 

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